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23.4.07
REGISTRO DE ELECTORES EXTRANJEROS
A PARTIR DEL 2 DE MAYO QUEDA ABIERTO EL REGISTRO DE ELECTORES EXTRANJEROS
Lo establece el Decreto 1177 del 17 de abril de 2007
Según Decreto Nº 1177 firmado por el Sr. Intendente Municipal, C.P.N. Mario Raúl Merlo , visto lo establecido en la Constitución Provincial en su Art. 269 y lo dispuesto en la Carta Orgánica Municipal respectivamente, surge de ello que en las elecciones municipales podrán votar los extranjeros con residencia en la ciudad, que se encuentren inscriptos en el Registro Especial que llevará la Comuna , rubricado por el Tribunal Electoral Municipal.
Dicho Decreto establece en sus principales artículos que: “A partir del 02 al 31 de mayo de 2007, declarase abierto el Registro de Electores Extranjeros que podrán sufragar en las elecciones municipales a realizarse el 19 de agosto de 2007” .
“Para poder inscribirse en dicho Registro deberán acreditarse los requisitos que fija el Art. 269 de la Constitución Provincial ” .
Ser mayor de 18 años.
Poseer domicilio en este municipio con un (1) año de residencia como mínimo.
Acompañar documento nacional de identidad, cédula de identidad y otros.
La inscripción deberá efectuarse en la sede de Secretaría de Gobierno en días y horarios hábiles de 08:00 a 12:00.
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